Abogada de Epa Colombia cuestionó que su clienta fuera esposada de pies y manos durante el traslado a Ibagué para asistir a una audiencia

Wendy Herrera sostuvo que la condena de Daneidy Barrera no implica la pérdida de sus derechos fundamentales y cuestionó el uso de esposas y cadenas en el traslado judicial - crédito @wendy_herrera_lawyer/Instagram
Wendy Herrera, abogada de Daneidy Barrera Rojas, conocida como Epa Colombia, pidió al presidente Abelardo de la Espriella que intervenga en el caso de su clienta. También cuestionó el trato recibido durante un traslado judicial en el que la influenciadora apareció con esposas en las manos y los tobillos, además de una cadena que restringía sus movimientos.
Herrera hizo el pedido en una publicación en su cuenta de Instagram. La abogada sostuvo que la condena de Barrera no implica la pérdida de sus derechos fundamentales y cuestionó el esquema de seguridad aplicado durante el traslado.
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“El hecho de que Daneidy esté condenada no quiere decir que haya perdido sus derechos fundamentales, como el respeto a la dignidad humana”, afirmó Herrera. Además, señaló que su clienta fue sometida a “un trato desproporcional”.
Herrera se dirigió al jefe de Estado colombiano y le solicitó una revisión exhaustiva de la situación de otras personas privadas de la libertad en la Escuela de Carabineros de la Policía en Bogotá, establecimiento donde Barrera permaneció detenida antes de su traslado a Ibagué.
“Revise con lupa, señor presidente, con mucho detenimiento, quiénes son los que están allí privados de la libertad”, expresó la abogada, quien remarcó que esas personas recibirían “muchos beneficios” en comparación con el trato aplicado a su clienta.
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La abogada Wendy Herrera explicó que su equipo trabaja en una solicitud de detención domiciliaria para que Epa Colombia pueda cumplir el resto de la condena en su casa. Según la togada, la gestión se ampara en el marco legal vigente. “Estamos trabajando para esa detención domiciliaria y lo estamos haciendo como la ley así lo indica, porque estamos ajustados en derecho”, detalló.
La defensa también atribuyó la demora del proceso a irregularidades previas que debió corregir. “Me ha tocado subsanar lo que estaba mal hecho y estoy desde cero luchando, pero lo voy a lograr con la ayuda de Dios”, sostuvo Herrera.
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La abogada remarcó que Barrera ya reparó el perjuicio causado a la sociedad y que no merece el trato recibido durante sus traslados judiciales.
“Daneidy ya pagó, ya reparó el daño y no es merecedora del trato que le están dando tan desproporcional”, afirmó. Herrera agregó que su clienta “se superó” y “ha construido país” tras el episodio que derivó en su condena, además de sostener económicamente a su familia. “Ella siguió avanzando, sacando adelante a su familia y a muchas familias colombianas”, señaló.
La abogada cerró su descargo con un llamado emocional dirigido a otras madres, en referencia a la separación de Barrera de su hija. “Ustedes como mamás saben lo que duele cuando nos apartan de nuestros hijos y más aún cuando están pequeñitos”, expresó.
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El pronunciamiento de Herrera se produjo luego de que se difundieran imágenes de Barrera trasladada bajo custodia del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) hacia los juzgados de Los Arrayanes, en Ibagué, ciudad donde permanece recluida desde agosto en el Complejo Carcelario y Penitenciario de Picaleña.
Actualmente, Barrera cumple una condena de 63 meses y 15 días de prisión por daño en bien ajeno agravado, perturbación del servicio público de transporte e instigación a delinquir con fines terroristas, en relación con hechos ocurridos en noviembre de 2019, durante las protestas sociales en las que dañó instalaciones del sistema TransMilenio en Bogotá.
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Las grabaciones fueron publicadas en sus redes sociales y generaron un debate nacional. Tras ser individualizada, se dictó una primera sentencia el 13 de marzo de 2020 por parte del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Bogotá. Luego, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá revocó parcialmente el fallo, pues confirmó la condena por daño en bien ajeno agravado y perturbación en servicio de transporte público, y —por primera vez en el proceso— la condenó también como autora de instigación a delinquir con fines terroristas en segunda instancia. Esta decisión es el motivo por el que la posibilidad de recibir prisión domiciliaria se ha visto truncada para Barrera.
Como la condena por instigación al terrorismo se impuso por primera vez en segunda instancia, la defensa presentó el recurso de impugnación especial. El 22 de enero de 2025, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó íntegramente el fallo del Tribunal Superior de Bogotá mediante la sentencia SP022-2025, además de multa e inhabilitación para ejercer el oficio de influenciadora. La Corte también negó la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria por su condición de madre, y ordenó su captura inmediata.
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