Fiscalía sufre otro golpe y defensas logran la nulidad de las escuchas telefónicas del abogado del Dispensario Nacional

Este viernes el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago tuvo una audiencia para discutir los incidentes de nulidad presentados por las defensas de algunos imputados por el caso Imperio Ámsterdam.
Los defensores estaban solicitando que se declare la ilegalidad de algunas interceptaciones telefónicas requeridas por el Ministerio Público y que son piezas fundamentales de la carpeta investigativa.
Los abogados de los representantes del Dispensario Nacional Andrés y Mario Astorga, de Matías Landerer, Camilo Huerta y Cristóbal Risco manifestaron, mediante dichas acciones, que la Fiscalía comandada por el fiscal regional Hernán Libedinsky pinchó de manera irregular el teléfono de Hernán Bocaz, abogado de la corporación, pidiendo que se excluyan esas escuchas y las que derivaron de ellas.
Durante la discusión en la audiencia de este, los defensores tuvieron un triunfo ya que la jueza Cecilia Villanueva accedió a la petición y acreditó el vicio y la vulneración de garantías constitucionales en el proceso respecto de las interceptaciones telefónicas.
Esto significa que se anularon las autorizaciones judiciales que otorgó el Juzgado de Garantía de Coyhaique que permitieron la interceptación de las comunicaciones de Bocaz.
Junto con eso el tribunal dio un plazo de 30 días para que la Fiscalía entregue a las defensas todas las escuchas en formato audible ya que esta parte del caso aún no ha podido acceder a todo ese material y algunas conversaciones están en formatos que no se pueden reproducir.
Además la magistrada fijó audiencia para el 7 de diciembre para que se debata cuáles son los actos que derivaron de esas escuchas para así definir su exclusión del caso.
Este revés en la investigación que lidera el fiscal Libedensky se suma a otras complicaciones que ha ido sumando la indagatoria. Por ejemplo previamente la Corte de Santiago revocó todas las prisiones preventivas decretadas para la cúpula del Dispensario Nacional.
Si bien el tribunal de alzada capitalino no puso en duda los antecedentes que fundan la participación de los imputados en los hechos investigados, sí consideró que no existía necesidad de cautela y por eso impuso cautelares menores gravosas.
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