Critican las ventajas de Shein y Temu en Colombia: piden ponerles IVA en cada compra porque “contra un 20% no compite nadie”

Los paquetes de bajo valor cambiaron los hábitos de compra en Colombia con los precios de plataformas como Shein y Temu, al tiempo que acentuaron la tensión entre esas plataformas internacionales y los comercios nacionales.
Por eso, la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico (Ccce) pidió que estas plataformas y otras parecidas cobren el impuesto al valor agregado (IVA) al momento de cada compra internacional porque considera que el tratamiento de ciertos envíos de bajo valor les da una ventaja tributaria frente a importadores y comercios colombianos.
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El gremio propone que las plataformas liquiden el impuesto y luego giren los recursos, en lugar de concentrar buena parte del proceso en los operadores logísticos. Estima de forma preliminar que Colombia podría dejar de recaudar cerca de $1 billón en IVA por el ingreso de estos paquetes, aunque el cálculo definitivo corresponde al Gobierno, que controla la información aduanera.
Precisamente, la presidenta de la Ccce, María Fernanda Quiñones, calificó el impacto como “muy importante” y advirtió que no hay una cancha pareja entre los participantes del mercado. Añadió que el fenómeno ya motivó medidas en Estados Unidos, Europa, Australia, México y Chile.
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La discusión se centra en el régimen de “minimis” (sobre las cosas pequeñas) o umbral mínimo para determinados envíos iguales o inferiores a USD200 (cerca de $650.000 actuales). La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dice que esos paquetes no pagan gravamen arancelario, sin importar desde dónde se despachen, siempre que cumplan los requisitos de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes.

De igual forma, el IVA tiene condiciones distintas: puede excluirse si el paquete procede de un país con un acuerdo comercial que obligue expresamente a no cobrarlo y si la mercancía no tiene fines comerciales.
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La Dian precisó que ese tratamiento opera frente a Estados Unidos, aunque el tráfico postal y los envíos urgentes constituyen un hecho generador de IVA y requieren una declaración simplificada de importación para que los bienes circulen legalmente.
Quiñones sostiene que el comercio electrónico desbordó una figura diseñada para remesas ocasionales, personales o excepcionales, como el envío de medicamentos o repuestos: “En el momento en el que se firma el TLC (Tratado de Libre Comercio), el e-commerce no tiene el auge que tenemos hoy. Esa figura que está contemplada para temas excepcionales, para el envío de un medicamento, para el envío de un repuesto, para temas episódicos, se ha vuelto la regla y no la excepción en este momento”.
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Alertó sobre el ingreso de varias unidades de una misma referencia en paquetes separados para una posible reventa posterior en Colombia. También planteó una posible triangulación de bienes fabricados en Asia que pasan por Estados Unidos antes de llegar al país: “Lo que hay es una triangulación de unos bienes que no son originarios de Estados Unidos, que es con quien se tiene esta salvedad”.
La advertencia corresponde a la Ccce y no existe una decisión de la Dian que determine una conducta irregular de Shein o Temu.
El gremio plantea que las plataformas calculen el IVA dentro de cada transacción, lo cobren al comprador y posteriormente transfieran los recursos correspondientes. Quiñones considera que este esquema reduciría las diferencias que pueden surgir entre el valor que paga el consumidor y el monto declarado cuando el paquete ingresa al país, un proceso que hoy depende en buena medida de los operadores de mensajería.
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No hay una norma que obligue específicamente a Shein, Temu u otras plataformas a recaudar el impuesto bajo ese modelo. La Cámara asegura que no pretende restringir su operación, sino igualar las obligaciones tributarias con las de quienes importan de forma tradicional.
“Esto no es una estructura argumentativa basada en el proteccionismo, sino en la paridad de cancha”, anotó la líder gremial.
Según la Dian, los tributos aplicables en esta modalidad pueden incluir un gravamen arancelario de 10% y un IVA de 19%, salvo las exclusiones previstas. Quiñones reconoce que trasladar el impuesto a la venta podría elevar el precio de algunos productos hasta 19%.
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“Probablemente, pues, ya los bienes de estas plataformas van a costar un 19% más, pero eso no es culpa del Estado, sino el abuso que han hecho las plataformas”, indicó.
Defendió que los consumidores deben asumir el impuesto cuando corresponde: “Los consumidores tenemos el deber constitucional y legal de pagar el IVA; no se pueden tener beneficios hacia el consumidor capando impuestos, eso no es razonable”. Sobre la desventaja que enfrentan los negocios formales, resumió: “Contra un 20 % no compite nadie”.
Como se recordará, el Decreto Legislativo 1474 de 2025 redujo de manera temporal de USD200 a USD50 el umbral para la exclusión del IVA. Sin embargo, dejó de producir efectos el 29 de enero de 2026 y la Corte Constitucional lo declaró inexequible mediante la Sentencia C-079 de 2026, por lo que el límite de USD50 no constituye la regla vigente.
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La controversia afecta en especial a sectores como las confecciones, cuyos productores deben cumplir obligaciones tributarias, requisitos de calidad y otras condiciones de operación. María Fernanda Quiñones afirmó que los negocios colombianos pueden competir con calidad, diseño, durabilidad y protección ambiental, siempre que enfrenten reglas equivalentes.
Asimismo, la brecha digital limita la respuesta de los pequeños comercios:
- 2,4% de los micronegocios vende por internet
- 3,3% compra a proveedores mediante canales digitales
- 2,3% tiene una página web propia.
Entre los negocios formalizados:
- 5,8% vende por comercio electrónico.
- 1,4% son de los informales.
La diferencia también aparece en la conectividad:
- 81,1% de los micronegocios formales tiene acceso a internet
- 40,5% de los micronegocios informales tienen acceso a internet.

Quiñones reconoció que las plataformas internacionales llevaron estas compras a zonas con menor presencia digital, pero insistió en que esa expansión debe darse bajo condiciones tributarias comparables.
El comercio electrónico representa cerca del 5% del comercio minorista y creció 31% en el último trimestre, mientras el valor promedio de las compras disminuyó. “La digitalización implica ver cómo manejas tus inventarios, tu software contable, la articulación de tus canales, entre otras cosas. Esa ruta de apropiación no se está dando y es responsabilidad del Estado hacerla”, señaló la presidenta de la Ccce.
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Ante esto, la Ccce llevó al Ministerio de Hacienda y al Congreso de la República una propuesta que combina el recaudo del IVA por las plataformas con una ruta de formalización y digitalización para pequeñas y medianas empresas (pymes), mediante incentivos tributarios sin costo fiscal adicional. Para el gremio, el comercio digital puede acelerar una transformación económica si las políticas públicas convierten la tecnología en una prioridad sostenida.
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