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Saturday, October 17, 2026

Cartago vuelve a la incertidumbre: Tribunal ordena la suspensión temporal del alcalde electo Juan David Piedrahíta

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Juan David Piedrahíta se había impuesto en la elección atípica del 20 de septiembre.  Foto: Archivo particular

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PERIODISTAActualizado:

Tan solo poco más de un mes después de haber acudido a las urnas en unas elecciones atípicas para definir su primer cargo, el municipio de Cartago vuelve a sumirse en la incertidumbre institucional. Mediante un auto fechado el 16 de octubre de 2026, el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca decretó la suspensión provisional de la elección de Juan David Piedrahíta López, ordenando su aparte temporal de las funciones de alcalde.

La decisión judicial deja en el limbo los resultados de los comicios extraordinarios celebrados el pasado 20 de septiembre, en los cuales Piedrahíta López se impuso con una amplia ventaja de 17.894 votos, equivalentes al 56,3 % de la votación total, según el escrutinio de la Registraduría Nacional.

Valle

El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, explica orden de suspensión del mandatario. Foto:Particular

El origen del tropiezo judicial

La raíz de esta crisis política se gestó apenas 24 horas después de que los habitantes del municipio del norte del Valle del Cauca salieran a votar. 

El 21 de septiembre, el ciudadano Miguel Ángel Lizarazo Puerto radicó una demanda de nulidad electoral contra la elección de Piedrahíta.

El libelo acusa al mandatario de incurrir en una causal de inhabilidad consagrada en la Ley 136 de 1994. Esta norma prohíbe participar en procesos de elección popular para cargos locales a quienes hayan ejercido "autoridad civil, política o administrativa" en el mismo municipio dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de la votación.

Resultado elecciones Cartago, Valle del Cauca, 20 de septiembre de 2026

Resultado elecciones Cartago, Valle del Cauca, 20 de septiembre de 2026 Foto:Captura de pantalla Registraduría

La línea de tiempo que sustentó la medida cautelar

Al analizar el petitorio de la demanda, el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca concluyó que existen los elementos jurídicos suficientes para decretar la suspensión provisional del mandatario. 

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El argumento central del despacho judicial se fundamenta en la estricta cronología del ejercicio previo de Juan David Piedrahíta López al frente de la administración municipal.

De acuerdo con el expediente, Piedrahíta ejerció como alcalde de Cartago hasta el 30 de junio de 2026. Tras su salida del cargo, transcurrieron menos de tres meses antes de la celebración de los comicios extraordinarios del pasado 20 de septiembre de 2026, jornada en la que resultó triunfador en las urnas.

Esta proximidad temporal entre el fin de su gestión anterior y la nueva contienda electoral llevó al demandante a sostener y a la corporación judicial a aceptar de forma preliminar que se configura la inhabilidad señalada por la ley, al no haberse cumplido el año de desvinculación o 'cuarentena' política exigido por la normativa para ejercer autoridad en el mismo municipio.

Medellín

El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca admitió demanda de suspensión. Foto:Particular

¿Qué sigue para el mandatario?

Desde el Palacio de Justicia se aclaró que la suspensión provisional no es un fallo definitivo ni una declaratoria de nulidad absoluta. Se trata de una medida preventiva para evitar que se consuma un presunto daño antijurídico mientras la justicia estudia el caso a fondo.

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En consecuencia, el proceso continúa su curso natural. La defensa de Juan David Piedrahíta López tiene un plazo de 15 días hábiles para contestar la demanda, presentar los descargos correspondientes y aportar las pruebas que considere pertinentes para desvirtuar la inhabilidad y lograr el levantamiento de la medida cautelar.

Mientras el Tribunal emita una sentencia de fondo, Cartago deberá afrontar un nuevo vacío de poder y reorganizar su agenda administrativa, a la espera de que los estrados judiciales definan el destino político de su alcalde electo.

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