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Sunday, September 20, 2026

Formulario I-601A: el “perdón” migratorio de USCIS que debes conocer antes de salir de EE.UU. por tu residencia

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¿Permaneciste en Estados Unidos después de que venció tu período de estadía autorizada y ahora debes acudir a una entrevista de visa de inmigrante en un consulado? Salir del país puede activar una prohibición de reingreso de tres o hasta diez años por presencia ilegal. En ese contexto, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) puso bajo revisión el trámite que permite a ciertos solicitantes pedir, antes de viajar, un “perdón” provisional para esa causal. Se trata del Formulario I-601A. ¿En qué consiste esta exención, quiénes pueden solicitarla, qué cubre y qué ocurre si USCIS la aprueba? A continuación, te lo explicamos.

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USCIS pone bajo revisión el trámite que puede evitar años de separación familiar (Foto: Imagen creada por El Comercio MAG usando Gemini)

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¿EN QUÉ CONSISTE EL FORMULARIO I-601A?

El Formulario I-601A es la Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal: un “perdón” limitado que permite a ciertas personas pedir desde Estados Unidos que USCIS perdone, de manera provisional, el castigo de 3 o 10 años por presencia ilegal antes de salir a una entrevista de visa de inmigrante en un consulado.

No concede residencia por sí mismo, no regulariza el estatus automáticamente y no perdona otras causales de inadmisibilidad, como fraude, ciertos antecedentes penales o una orden final de deportación.

USCIS abrió una revisión administrativa del formulario para recibir comentarios públicos sobre la información que recopila; esto no significa que el programa haya sido eliminado ni que ya exista una nueva regla. El período de comentarios del aviso de 60 días vence el 13 de noviembre de 2026, publicó Federal Register.

¿Qué es este “perdón”?

La ley migratoria puede imponer una prohibición de reingreso de:

  • 3 años: para quien acumuló más de 180 días, pero menos de un año de presencia ilegal y luego sale de Estados Unidos.
  • 10 años: para quien acumuló un año o más de presencia ilegal y luego sale del país.

El I-601A permite solicitar por adelantado un “perdón” de esa causal concreta antes de viajar al consulado. Tiene como finalidad reducir el riesgo de que una persona salga para su entrevista de visa inmigrante y quede separada de su familia mientras intenta resolver el castigo desde el extranjero.

USCIS revisa formulario para perdonar la presencia ilegal antes de una entrevista consular (Foto: Imagen creada por El Comercio MAG usando Gemini)

USCIS revisa formulario para perdonar la presencia ilegal antes de una entrevista consular (Foto: Imagen creada por El Comercio MAG usando Gemini)

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR EL FORMULARIO I-601A?

De acuerdo con USCIS, las personas que pueden solicitar el Formulario I-601A deben:

  • Tener 17 años o más.
  • Estar físicamente en Estados Unidos al presentar el I-601A y al momento de completar los datos biométricos.
  • Tener un caso de visa de inmigrante en curso: por ejemplo, ser beneficiaria de una petición aprobada familiar o laboral, o ser seleccionada del Programa de Visas de Diversidad.
  • Haber pagado la tarifa de procesamiento de visa de inmigrante al Departamento de Estado y adjuntar el recibo correspondiente.
  • Demostrar que la negativa del perdón provocaría una dificultad extrema (extreme hardship) a un cónyuge o padre que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal.
  • Ser inadmisible únicamente —o requerir el perdón— por la presencia ilegal acumulada.

¿Qué debe demostrarse?

USCIS no aprueba el I-601A solo porque haya una petición familiar aprobada. El elemento central es probar que el cónyuge o padre ciudadano o residente sufriría una dificultad que va más allá de las consecuencias ordinarias de una separación familiar o una mudanza.

La evidencia puede incluir, según el caso:

  • Diagnósticos médicos, tratamientos, seguros y costos de atención.
  • Dependencia económica, deudas, ingresos, gastos y obligaciones de cuidado.
  • Responsabilidades de cuidado de hijos, adultos mayores o familiares enfermos.
  • Condiciones del país al que la persona tendría que trasladarse.
  • Historial de violencia, necesidades educativas u otros factores familiares relevantes.
  • Declaraciones juradas y documentos que respalden cada afirmación.
  • La evaluación es individual y discrecional: presentar documentos no garantiza la aprobación, publica USCIS.

¿QUÉ NO PERDONA? El I-601A solo cubre la presencia ilegal bajo la sección 212(a)(9)(B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. No resuelve automáticamente otros problemas, entre ellos:

Situación¿La resuelve el I-601A?
Presencia ilegal acumulada y castigo de 3 o 10 añosSí. Si USCIS aprueba la exención y se cumplen los demás requisitos
Fraude o tergiversación migratoriaNo
Declaración falsa de ciudadanía estadounidenseNo
Antecedentes o causales penalesNo
Reingreso ilegal tras deportación o después de más de un año de presencia ilegalNo. Puede activar una prohibición mucho más grave y requerir otra estrategia
Orden final de remoción/deportaciónNo por sí sola. Pueden existir requisitos adicionales, como reapertura del caso o un Formulario I-212
Negación de visa por otra causalNo

¿QUÉ PASA SI USCIS APRUEBA EL I-601A?

Lo primero que se debe tener en cuenta es que la aprobación es provisional; es decir, no es una visa, no es green card y no elimina la obligación de salir a la entrevista consular. El proceso usual es:

1. USCIS aprueba el I-601A mientras la persona está en Estados Unidos.

2. El Centro Nacional de Visas o el consulado programa la entrevista de visa de inmigrante en el extranjero.

3. La persona sale de Estados Unidos para asistir a esa entrevista.

4. El oficial consular verifica que sea elegible y que no existan otras causales de inadmisibilidad.

5. Si se aprueba la visa, la persona regresa como residente permanente legal.

Incluso con un I-601A aprobado, el consulado puede negar la visa si descubre otra causal de inadmisibilidad.

¿Y si USCIS lo niega o revoca?

La negación del I-601A no tiene apelación administrativa ni moción para reconsiderar bajo el procedimiento ordinario, aunque la persona podría volver a presentar una solicitud nueva si sigue siendo elegible y corrige o fortalece el caso. Cabe precisar que USCIS puede revocar un perdón provisional antes de la entrevista si descubre información material falsa, si cambian circunstancias relevantes o si determina que la persona ya no es elegible.

IMPORTANTE: tener un I-601A pendiente o aprobado no es un escudo automático contra detención o deportación.

COSTOS Y FORMA DE ENVÍO

La tarifa general vigente del Formulario I-601A es de US$795. USCIS precisa que las tarifas son finales y no reembolsables, aun si el caso se deniega o se retira.

La presentación se hace por correo al lockbox de USCIS en Chicago; no es un formulario de presentación en línea, indica el Servicio de Ciudadanía e Inmigración.

SOBRE EL AUTOR
Judith Vicente

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Periodista con más de 15 años de experiencia, redacto información de interés general para la población latina en Estados Unidos como inmigración, Seguro Social, economía y finanzas personales, salud, educación, vivienda, derechos civiles, clima, vida cotidiana, entre otros. Asimismo, escribo sobre series, películas, celebridades y cultura pop.

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