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Friday, September 11, 2026

Contradice expediente que operador de pipa iba a exceso de velocidad en La Concordia

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En el tema, declaración de la titular y dictámenes se contraponen// Empresa acreditó el manejo adecuado

Kevin Ruiz

Periódico La Jornada
Viernes 11 de septiembre de 2026, p. 27

Luego de que las autoridades capitalinas señalaron que la explosión en el puente de La Concordia se debió a la falta de pericia del conductor Fernando Soto Munguía y al exceso de velocidad, en el expediente quedó asentado que sí estaba calificado como persona apta para la conducción de estas unidades, con una licencia federal expedida por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, y que el día de los hechos no iba a exceso de velocidad, pues una empresa externa monitoreó toda su ruta, sin que registrara anomalías ni emitiera alertas.

Así se concluyó en el expediente CI-FIIZP/IZP-10/UI-3 S/D/00122/09-2025 y sus más de 18 anexos consultados, donde se lee que los representantes de la empresa Transportadora Silza SA de CV –encargada del traslado de gas LP que compraba a Petróleos Mexicanos, y que el día de los hechos haría la entrega del combustible a una estación de Unigas– aportaron documentación diversa con la que acreditaron los límites de velocidad con que iba el conductor, señalando 38 kilómetros por hora.

No sólo eso, su viaje fue monitoreado por una empresa ajena a los hechos, Samsara Networks México S de RL de CV, que proporcionaba el servicio de geolocalización.

Ellos (Samsara) no reportaron excesos de velocidad, que estuviera hablando por teléfono, consumiendo cigarrillos o incluso que no portara el cinturón de seguridad, pues en caso de que esto hubiera ocurrido, estaban obligados a emitir alertas simultáneas.

El 10 de septiembre de 2025, Samsara no emitió ninguna, por lo que todos pensaban que el viaje se realizaba bajo los protocolos establecidos.

Soto Munguía, quien también perdió la vida, había pasado todos los exámenes, incluidos los médicos, para obtener de la SICT la licencia federal DF00160207, con la que ingresó a trabajar a Silza, y llevaba un año y medio laborando, hasta el día de la explosión.

Según el cuerpo de abogados de la empresa, ellos también realizaron capacitaciones diversas que se sumaban a los requerimientos establecidos para sus conductores.

La fiscal capitalina, Bertha Alcalde, refirió el 10 de octubre de 2025 que habían podido concluir que el accidente ocurrió porque el conductor circulaba a exceso de velocidad, 44 kilómetros por hora en una curva que permite 40.

Pero la Fiscalía General de Justicia asentó otra velocidad en uno los dictámenes, del que también se tiene copia, pues ahí los peritos encargados señalaron que viajaba a 50 kilómetros por hora, lo que hizo que impactara en dos ocasiones.

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