The Daily Newsstand · Free, Always
Thursday, October 1, 2026

La millonaria multa que el Tribunal Ambiental dictó contra el Autódromo de Codegua por infringir la norma de ruidos

Translate

Pablo Retamal V.Por 

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por Inversiones La Estancilla después de que esta fuera multada por cerca de 86 millones de pesos por la infracción a la norma de emisiones de ruidos cursada por la Superintendencia del medio Ambiente (SMA) al Autódromo de Codegua.

La sanción se dio después de que entre el 18 de julio de 2016 y el 22 de abril de 2022, la SMA recibiera 13 denuncias por ruidos provenientes desde el circuito, provocado por motos que utilizaban la pista de carreras.

Después de que se sometiera a inspecciones y mediciones, el ente fiscalizador realizó una medición de Niveles de Presión Sonora Corregidos en 2022 los cuales fueron declarados como leves en horario diurno.

A pesar de esto, en marzo de 2023 se incorporaron otras 15 denuncias, por lo que 12 días más tarde la SMA sancionó a la empresa a cargo del autódromo con una multa de 100 Unidades Tributarias Anuales. Sin embargo, La Estancilla presentó un recurso que fue evaluado por el Tribunal en junio de este año, lo que derivó en la ratificación de la sanción.

“En conclusión, a juicio del Tribunal, la SMA configuró la infracción en conformidad con las disposiciones del Decreto Supremo N° 38/2011 [norma de emisión de ruidos] y del Protocolo Técnico, la cual está motivada conforme al estándar del artículo 41, inciso cuarto, de la Ley N° 19.880 por lo que la reclamación será desestimada”, señala la sentencia.

El Tribunal detalló que la SMA midió correctamente el ruido de fondo y se ajustó a derecho al no considerar las mediciones de ruido de fondo efectuadas por la empresa “B&F Ingeniería”, pues esta no tiene la calidad de Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental.

Finalmente, rechazó las demás alegaciones, asociadas a la ponderación de las circunstancias del artículo 40 de la ley Orgánica de la SMA, “por incongruencia procesal -teniendo en consideración el carácter revisor de legalidad del contencioso administrativo ambiental-, atendido que no fueron planteadas en sede administrativa (recurso de reposición) y solo se formularon en sede judicial (reclamación)”.

Cabe mencionar que el Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s), quien además estuvo a cargo de la redacción de la sentencia, y el ministro Cristian López Montecinos, junto al ministro de la Corte de Apelaciones de Rodrigo Schnettler Carvajal.

NEWSLETTER

NewsletterEl DeportivoLunes, 8:45 AMUna selección especial con la cobertura y análisis de los eventos deportivos más importantes del fin de semana, por el equipo de Deportes de La Tercera.

Al suscribirte estás aceptando los Términos y Condiciones y las Políticas de Privacidad de La Tercera.
View the original on La Tercera →

KioskNews shows a cleaned-up reading view extracted from the publisher’s page — the original always lives on their site, not ours.