Condena ejemplar: ocho años de cárcel a expolicía por exigir $300.000 para no inmovilizar una motocicleta en Valledupar
El Juzgado Quinto Penal del Circuito de la capital del Cesar halló culpable del delito de concusión al expatrullero Juan Carlos López Daza.
Expolicía condenado Foto: Archivo particular

PERIODISTAActualizado:
A una pena de 96 meses de prisión (8 años) fue condenado en primera instancia el expatrullero de la Policía Nacional Juan Carlos López Daza, tras ser hallado responsable del delito de concusión.
La decisión fue proferida por el juez Andrés Alberto Palencia Fajardo, titular del Juzgado Quinto Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Valledupar, luego de valorar de manera integral el material probatorio presentado por la Fiscalía General de la Nación en el juicio oral.
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Valledupar Foto:Archivo particular
Los hechos se remontan al 20 de junio de 2016, cuando la víctima fue abordada por dos uniformados en la capital del Cesar y conducida hasta las instalaciones del CAI Garupal. En el lugar, los funcionarios le advirtieron sobre una supuesta judicialización por irregularidades con la motocicleta en la que se movilizaba.
Según la tesis del ente investigador respaldada por el despacho, los agentes le exigieron al ciudadano la suma de $300.000 para evitar la inmovilización del vehículo y el trámite judicial. La víctima entregó una parte de la cifra en efectivo y completó el saldo exigido realizando un retiro en un cajero automático esa misma jornada. La prueba del cajero automático
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Para respaldar la condena, el juez otorgó pleno valor probatorio a las declaraciones de la víctima y de su madre, las cuales calificó como coherentes y persistentes. Dichos testimonios fueron respaldados por evidencia documental decisiva: la tirilla de un retiro bancario por valor de $200.000, efectuado en la misma fecha y franja horaria detalladas en la denuncia.
El fallo concluyó que López Daza abusó de su cargo como servidor público para constreñir al ciudadano y obtener un beneficio económico indebido, valiéndose de la intimidación institucional que ejercía como policía activo. Inhabilitación y orden de captura
Además de la pena privativa de la libertad, la sentencia dictaminó las siguientes sanciones complementarias:
Una multa económica de 66,66 salarios mínimos legales mensuales vigentes correspondientes al año 2016.
Inhabilitación pública e incapacidad para ejercer derechos y funciones públicas durante un periodo de 80 meses.
El despacho negó la prisión domiciliaria y la suspensión condicional de la pena, al tratarse de un delito doloso cometido contra la administración pública.
El juzgado precisó que, tan pronto como la sentencia quede ejecutoriada y en firme, se librará la orden de captura correspondiente para que el expatrullero cumpla la sanción en un centro carcelario.
Además:

Documental de la periodista Jineth Bedoya. Foto:
Redacción Caribe
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