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Tuesday, September 15, 2026

Un respiro para los damnificados del terremoto en Cali: así es el ABC de los alivios financieros aprobados por el Concejo

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Iniciativa busca brindar facilidades tributarias y económicas a las víctimas del movimiento telúrico.

En segundo debate del Concejo de Cali fue aprobado el Proyecto de Acuerdo 100, que propone alivios financieros para los afectados por el terremoto. Foto: Particular

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PERIODISTAActualizado:

Una gota de emoción, mezclada con dosis de incertidumbre, le produjo a Álex Méndez enterarse de que ya está habilitado para reclamar un recurso económico por parte de la Alcaldía de Cali. Este auxilio le permite desvararse de algunas necesidades básicas mientras espera —sentado en su silla, afuera de su carpa y frente al que hasta hace poco fue su hogar, el edificio Los Cerezos (calle Novena entre carreras 42 y 44)— una solución al problema de su vivienda.

Aunque considera que no es fácil vivir prácticamente en la calle para custodiar el edificio del cual es presidente, no se queja. Asegura que la Administración Distrital le ha proporcionado lo medianamente posible para sentirse acompañado.

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Álex Méndez, damnificado de Los Cerezos recibe de manera positiva la decisión del Concejo. Foto:Iusef Samir Rojas

“A los del edificio y a mí ya nos llamaron para el tema de mercados y ahora nos llegó un beneficio económico de $ 1.050.000. Uno entiende que son muchas familias, pero lo importante es estar acompañado”, expresó Méndez.

Es por eso que no oculta su esperanza tras la aprobación del Proyecto de Acuerdo 100 en el Concejo de Cali, el cual comprende una serie de alivios y beneficios tributarios para los damnificados del terremoto del 10 de agosto.

“Leí y escuché lo que dijo el alcalde Alejandro Eder, pero hay que leer el decreto con mucho detalle, porque lo que se sabe es de manera muy general. Hay que mirar la letra menuda, allí está el detalle”, comentó Méndez sobre la iniciativa.

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A pesar de tener afectaciones, muchas personas deben seguir pagando impuestos.  Foto:Iusef Samir Rojas

ABC de los alivios aprobados

En un paso clave encaminado hacia la recuperación urbana y social, el Concejo aprobó el lunes 14 de septiembre, en segundo debate, un paquete de medidas tributarias y no tributarias excepcionales, que tienen como finalidad aliviar la carga financiera de hogares, comercios y estudiantes afectados por el terremoto del pasado 10 de agosto.

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Desde la corporación destacan que la innovación de este Acuerdo radica en su enfoque diferenciado. La Alcaldía reconoce que la recuperación no es homogénea: una vivienda con daños reparables no enfrenta el mismo desafío que una edificación colapsada, y un negocio paralizado requiere herramientas distintas a las de un predio que debe reconstruirse desde cero.

“Gobernar es decidir, y en Hacienda decidimos que las finanzas públicas se pongan del lado de la gente cuando más se necesita”, afirmó Jhon Quinchua Ceballos, director del Departamento Administrativo de Hacienda.

“Estos alivios reconocen que el terremoto afectó de manera diferente a hogares, predios, negocios y proyectos de vida. La respuesta también debe reconocer esas diferencias”, agregó.

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El Proyecto de Acuerdo también incluye exoneraciones e incentivos para la reconstrucción. Foto:Particular

Impuesto Predial: exoneraciones e incentivos a la reconstrucción

  • Inmuebles colapsados o con demolición total. Exención del 100 % del Impuesto Predial para la vigencia 2026 (si aún no se ha pagado) o para la vigencia 2027 (si el pago de 2026 ya fue cubierto). No habrá devoluciones ni compensaciones de dinero en efectivo.
  • Proyectos de reconstrucción. Quienes vuelvan a edificar sobre terrenos colapsados tendrán una exoneración del 100 % del Predial por 4 años (si no pagaron el impuesto en 2026) o por 5 años (si ya pagaron 2026). El beneficio inicia una vez la obra quede registrada ante Catastro.
  • Terrenos que permanezcan como lotes. Cuentan con un 100 % de exención del Predial durante 2027, 2028 y 2029. Si finalizados los 3 años no se ha iniciado la reconstrucción, se pierden los incentivos.
  • Viviendas con daños reparables (no habitables). Los inmuebles que requieran reparaciones técnicas sin necesidad de demolición recibirán un 50 % de descuento en el Predial de 2027, previa certificación de la Secretaría de Gestión del Riesgo.

Alivios en deudas y sanciones tributarias

  • Mora en vigencias anteriores. Los propietarios de predios afectados podrán diferir deudas previas a 2026 de hasta cinco vigencias sin cobro de intereses, siempre que se pongan al día antes del 31 de diciembre de 2027. Para el resto de los contribuyentes de la ciudad, este beneficio vencerá el 31 de diciembre de 2026.

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Jhon Quinchua, director del Departamento Administrativo de Hacienda, expuso el proyecto. Foto:Particular

Descuentos en sanciones 2026

  • Hasta el 31 de octubre: reducción al 20 % del valor de la sanción.
  • Hasta el 30 de noviembre: reducción al 50 %.
  • Hasta el 31 de diciembre: reducción al 75 %.

Reactivación comercial (ICA). Para apoyar al sector comercio, se otorgará un 20 % de descuento en el impuesto de Industria y Comercio (ICA) durante el año 2027, aplicable al establecimiento que haya sufrido el mayor daño en su infraestructura. Como requisito, los predios beneficiados deberán figurar en los censos oficiales de Gestión del Riesgo; cabe precisar que esta medida no aplica para entidades bancarias ni para el sector salud.

Educación superior. En el ámbito educativo, se destinarán becas universitarias dirigidas a estudiantes matriculados que hayan perdido su vivienda o se hayan visto obligados a evacuar a causa de la emergencia. Para acceder al beneficio, los alumnos deberán estar inscritos en el Registro Único de Familias Afectadas (RUFE) o en el Registro Único de Damnificados (RUD). La financiación de este programa se garantizará mediante la destinación específica de lo recaudado por el ICA.

Alumbrado Público. Respecto al servicio de alumbrado público, se otorgará una exoneración del 100 % en el cobro durante el tiempo que permanezca vigente la declaratoria de calamidad pública, medida orientada de forma directa a los inmuebles colapsados o afectados. Adicionalmente, para el resto de la ciudad, se aplicará un congelamiento en la tarifa del servicio por un periodo de 6 meses.

Plusvalía y Estampillas. Finalmente, en materia tributaria y urbanística, se contempla la exención del pago de plusvalía por mayor aprovechamiento del suelo, siempre y cuando la reconstrucción de la edificación se realice en un plazo máximo de 3 años. Asimismo, se establece la exención de estampillas distritales para los contratos celebrados a través del Fondo de Gestión del Riesgo, manteniendo expresamente excluidas de este alivio a la Estampilla del Adulto Mayor, la de Justicia Familiar y la Tasa Prodeporte.

La Administración Distrital aclaró que no es necesario estar a paz y salvo con el municipio para acceder a estos beneficios, aunque la medida no perdona el capital de las deudas de años anteriores.

El alcalde de Cali dispone de un plazo de tres meses para reglamentar la operativa de los trámites, sin modificar los porcentajes o condiciones ya aprobados por el cabildo.

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