El Concejo de Cartagena inicia el trámite para derogar 360 acuerdos obsoletos y modernizar jurídicamente a la ciudad
Para Distrito, eliminar acuerdos caídos en desuso evita la proliferación de inseguridad jurídica, trámites engorrosos e interpretaciones encontradas.
Concejo de Cartagena Foto: Cortesía

PERIODISTAActualizado:
En una tarea por desmantelar décadas de hipertrofia normativa, vacíos reglamentarios y contradicciones legales en la administración pública de la Ciudad Heroica, el Concejo Distrital de Cartagena inició durante este tercer periodo de sesiones ordinarias el estudio de la Etapa III del Proyecto de Acuerdo de Depuración Normativa.
La iniciativa, radicada por la Oficina Asesora Jurídica del Distrito en cabeza del abogado Milton José Pereira, tiene como propósito central derogar de manera explícita 360 Acuerdos distritales que perdieron su vigencia, resultan obsoletos o riñen con el marco constitucional e institucional contemporáneo.
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Cartagena de Indias, Centro Histórico Foto:John Montaño/ EL TIEMPO
Con este paso, la capital de Bolívar entra en la fase final de una ambiciosa ‘limpieza jurídica’ que abarca más de tres décadas de producción normativa. Tres décadas de normas al microscopio.
“El proceso de depuración no ha sido fortuito. Se ha desarrollado bajo los parámetros de la Ley 2085 de 2021, la cual dotó a las entidades territoriales de herramientas técnicas para limpiar sus ordenamientos jurídicos mediante criterios objetivos como la obsolescencia, el cumplimiento del objeto de la norma, la derogatoria orgánica, la pérdida de vigencia temporal y la contravención al régimen constitucional vigente”, señala el Distrito en comunicación oficial.
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Dumek Turbay, alcalde de Cartagena. Foto:EL TIEMPO
La estrategia comenzó en 2025 con el Acuerdo 195 (Etapa I), que filtró la producción normativa entre 2008 y 2023. Continuó a inicios de 2026 con el Acuerdo 199 (Etapa II), que sacó del ordenamiento casi 200 Acuerdos expedidos entre 2000 y 2007.
Ahora, la Etapa III revisó minuciosamente los 527 proyectos de Acuerdo aprobados por la corporación en la década de los noventa (1991-1999), identificando 360 disposiciones que hoy constituyen un peso muerto administrativo.
“Estamos poniendo la casa en orden para que las leyes trabajen a favor de la gente. Con esta depuración normativa, Cartagena deja atrás la burocracia innecesaria para dar paso a una gestión pública más clara y moderna. La primera etapa nos permitió tener una radiografía precisa; la segunda nos dejó descargar el marco jurídico de normas contradictorias; y con esta última aseguramos que todos los acuerdos que gobiernan a los cartageneros estén al día”, explicó el jefe jurídico del Distrito, Milton José Pereira.
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Modernización jurídica de Cartagena
Milton José Pereira, jefe jurídico del Distrito de Cartagena Foto:Distrito de Cartagena
Uno de los aspectos conceptuales y procesales de mayor relevancia que ha aclarado la Oficina Jurídica ante los cabildantes es el principio de intangibilidad de los efectos.
El jefe jurídico enfatizó que la derogación expresa de estas 360 normas no invalida las actuaciones, derechos adquiridos, contratos o decisiones administrativas que se hayan ejecutado al amparo de dichos Acuerdos durante su tiempo de vigencia. Permanecen firmes e inalterables bajo la seguridad jurídica y cesan de manera definitiva a partir de la fecha de sanción y publicación del nuevo Acuerdo Distrital.
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Los criterios de depuración normativa, según la ley, se encuentran definidos así:
1. Obsolescencia: ocurre cuando las normas, a la luz de la realidad socioeconómica, cultural, política e histórica actual resultan inadecuadas.
2. Contravención al régimen constitucional actual: corresponde a aquellas normas que resultan contrarias a las disposiciones constitucionales actuales o que regulan instituciones que ya no existen.
3. Derogatoria orgánica: ocurre cuando se ha expedido una nueva norma que regula íntegramente la materia que trataban otras normas.
4. Cumplimiento del objeto de la norma: sucede frente a las normas que alcanzaron la finalidad para la cual nacieron a la vida jurídica.
5. Vigencia temporal: sucede cuando el periodo de vigencia que se ha establecido en las normas se cumplió.
6. No adopción como legislación permanente: ocurre respecto de las normas expedidas durante los estados de excepción que no fueron adoptadas como legislación permanente.
Eficiencia y la transparencia
Dumek Turbay en audiencia pública por altos costos del servicio de energía en el Caribe Foto:Distrito de Cartagena
Para analistas de gestión pública y gobernanza territorial, eliminar Acuerdos caídos en desuso evita la proliferación de inseguridad jurídica, trámites engorrosos o interpretaciones encontradas entre funcionarios y ciudadanos al momento de aplicar regulaciones urbanas, fiscales o sociales.
Con el trámite de la Etapa III en el cabildo distrital, Cartagena se consolida como una de las ciudades capitales pioneras en Colombia en actualizar y sistematizar formalmente su cuerpo normativo en beneficio de la ciudadanía y la inversión.
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Documental de la periodista Jineth Bedoya. Foto:
Cartagena
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