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Wednesday, November 4, 2026

Corte de Santiago declara inadmisible recurso de amparo de la Defensoría de la Niñez por rebaja de condenas

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Juan Pablo AndrewsPor 

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La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible un recurso de amparo presentado por la Defensoría de la Niñez que buscaba anular los 56 decretos firmados por el Ministerio de Justicia para rebajar condenas de agresores sexuales de menores de edad.

El defensor de la Niñez, Anuar Quesille, señaló a fines de octubre, cuando se presentó la acción constitucional, que no solo se trataba de beneficios penitenciarios. “Estamos frente a decisiones del Estado que pueden afectar directamente la seguridad y los derechos de quienes fueron víctimas de graves delitos sexuales”, afirmó.

Sin embargo, el tribunal de alzada capitalino dio un portazo a esa pretensión argumentando que el amparo no era la vía para esos fines: “Los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo señalado se advierte que el ordenamiento jurídico concede las vías ordinarias de revisión de lo decidido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, según el procedimiento establecido en la Ley N° 19.880″.

La corte resolvió que el recurso de amparo “no es la vía idónea para proceder a su impugnación, motivo por el cual la acción cautelar deducida no puede ser admitida a tramitación”.

La sala que revisó la admisibilidad del amparo estuvo presidida por las ministras Lidia Poza y Claudia Parra y la abogada integrante Catalina Infante.

La resolución, además, añade una prevención por parte de Infante en que consignó que concurrió a la decisión de inadmisibilidad teniendo en consideración que en los actos del ministro de Justicia Fernando Rabat expuestos por Quesille “no existen hechos que sustenten la ilegalidad reclamada”.

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