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Thursday, October 8, 2026

Pagos digitales tendrán nuevas reglas desde 2027: BCRP exige mayor protección de fondos y control de riesgos

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La norma establece un plazo límite para liquidar los fondos a los comercios, aunque contempla algunas excepciones. Foto: Iupana

El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) aprobó un nuevo marco para las empresas que participan en la aceptación de pagos digitales. La Circular N.° 0026-2026-BCRP establece disposiciones que alcanzarán a los Aceptadores de Pagos, pasarelas y facilitadores, con aplicación desde el 1 de enero de 2027.

Entre los principales cambios figuran nuevas condiciones para administrar el dinero de los comercios, mayores controles sobre los negocios afiliados y obligaciones de transparencia en las relaciones comerciales. La regulación también fija un periodo máximo para que los fondos sean entregados a los establecimientos, salvo determinadas excepciones.

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El nuevo reglamento dispone que el dinero generado por las ventas de los comercios no podrá mezclarse con los recursos propios de los Aceptadores de Pagos. Para ello, deberán utilizarse cuentas destinadas exclusivamente a estos fondos y abiertas en entidades financieras o empresas emisoras de dinero electrónico que cumplan las condiciones establecidas por el BCRP, entre ellas una calificación de riesgo mínima de B+.

Además, los proveedores tendrán que efectuar conciliaciones diarias y asegurar la trazabilidad del dinero durante todo el proceso, hasta que se concrete su liquidación. La norma establece también un límite de 48 horas hábiles para entregar los fondos a los comercios, aunque contempla excepciones vinculadas con investigaciones por fraude, contracargos, controversias o solicitudes de las autoridades.

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Para Vicente Cruz, CEO de Sheriff, las nuevas exigencias muestran el nivel de desarrollo que viene alcanzando el mercado peruano.

“La regulación del BCRP es una señal clara de la madurez que está alcanzando el ecosistema financiero peruano. Proteger los fondos de los comercios y establecer mayores exigencias sobre quienes participan en la cadena de pagos es fundamental para construir un mercado más seguro y confiable. El siguiente desafío es que las empresas puedan incorporar estos estándares sin perder agilidad operativa”, señala.

La regulación no se limita al manejo de los recursos. Los Aceptadores de Pagos tendrán que comprobar aspectos como la existencia del negocio, la actividad económica que desarrolla y la titularidad de las cuentas utilizadas. También deberán tomar en cuenta elementos relacionados con fraude, reclamos, contracargos, sanciones y otros factores que puedan representar riesgos.

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Estos datos tendrán que mantenerse actualizados y ser revisados periódicamente. Bajo este esquema, cobran mayor importancia las herramientas de KYB (Know Your Business) y RegTech, que permiten automatizar la verificación de empresas y detectar modificaciones que puedan alterar el perfil de riesgo de un comercio o contraparte.

La regulación también exige verificar la existencia y actividad del negocio, la titularidad de sus cuentas y factores de riesgo como fraudes, reclamos, contracargos y sanciones.
La regulación también exige verificar la existencia y actividad del negocio, la titularidad de sus cuentas y factores de riesgo como fraudes, reclamos, contracargos y sanciones. Foto: Google Maps

“El reto para las pasarelas y adquirentes ya no es únicamente cumplir con la regulación, sino hacerlo de manera eficiente. Evaluar la salud financiera de una contraparte, validar la estructura de un comercio o identificar cambios en su perfil de riesgo requiere pasar de procesos estáticos a esquemas de monitoreo continuo. La tecnología permite absorber esa complejidad y convertir el cumplimiento en un proceso más ágil, trazable y escalable”, explica Cruz.

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El reglamento también incorpora disposiciones destinadas a mejorar la información que reciben los comercios sobre los servicios contratados. Las tarifas y comisiones deberán comunicarse de manera clara y actualizarse con una frecuencia máxima de tres meses.

Cuando se produzca un incremento en estos cobros, el comercio deberá ser informado con una anticipación mínima de 30 días calendario. De esta manera, los proveedores tendrán que establecer mecanismos que permitan comunicar oportunamente cualquier modificación en las condiciones económicas del servicio.

Por otro lado, los contratos no podrán impedir que un comercio opere con más de un Aceptador de Pagos. Tampoco podrán establecer determinadas ventajas o beneficios bajo la condición de que el establecimiento mantenga una relación exclusiva con un solo proveedor.

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La aplicación del reglamento desde enero de 2027 obligará a las empresas del sector a adecuar sus procedimientos de afiliación, administración y conciliación de fondos, evaluación de riesgos, contratación y cumplimiento. Para el ecosistema fintech, el nuevo marco supone una adaptación operativa que también puede impulsar el uso de herramientas tecnológicas para gestionar estos requerimientos.

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