Sin perdón para Vinicius: sentenciado de cara al Clásico contra el Barça
Ya se sabe que Vinicius se pierde el Clásico después de que el Comité de Disciplina le haya impuesto cuatro encuentros de sanción. Dos por que consideran acción violencia el agarrón a Saliba y dos por sus protestas posteriores al colegiado Isidro Díaz de Mera.
Sanción que además tiene muy difícil recurso ante el Comité de Apelación de la RFEF. Y lo tiene porque, en el mejor de los casos, podría reducir a tres los encuentros de sanción. La clave está en la resolución del órgano disciplinario. Como decimos los dos primeros responde al acta arbitral donde recoge que fue expulsado por: "Por tirar del pelo a un adversario, con el balón en juego, sin estar el balón en disputa entre ellos".
Aquí le aplican el el artículo 130 relativo a la violencia donde el primer punto hace referencia a "Producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas, se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes". Pero además el segundo punto añade, y es la clave de la sanción, que : "Si la acción descrita en el párrafo anterior se produjera al margen del juego, no estando en posibilidad de disputar el balón o el juego detenido, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos". En este caso si tendría margen de maniobra porque podría entender que el agarrón si se produce como ocasión del lance del juego, como defiende el Real Madrid, y dejarlo sólo en un encuentro.
Estos son los plazos para recurrir a Apelación
Donde no tiene margen es en los dos encuentros por su reacción posterior: " una vez expulsado y encontrándose en el terreno juego, siguió protestando mi decisión, a voz en grito, dirigiéndose a la zona donde me encontraba con actitud agresiva, teniendo que ser sujetado por los compañeros de su equipo, son poder apreciar ninguna expresión concreta". Y no lo es porque le aplican el artículo 127 del Código Disciplinario relativo a las protestas y donde el mínimo es de dos encuentros. Luego no puedo reducirlo más: "Protestar al/a la árbitro/as principal, a los/as asistentes/as o al/la cuarto/a árbitro/a, siempre que no constituya falta más grave, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos o por tiempo de hasta un mes."
Ahora el Real Madrid tiene unos plazos si quieren que haya resolución antes del encuentro del domingo ante el Sevilla en el Santiago Bernabéu. El club blanco tiene de plazo hasta las 15:00 de este jueves para presentarlo y debería conocer a las 12:00 horas de mañana viernes como muy tarde para conocer el dictamen.
Si el club blanco presenta el recurso entre las 14:00 y 19:00 horas hoy jueves. En este caso debía comunicarse el veredicto no mas tarde de mañana viernes a las 14:00. Y por último está si el Real Madrid presenta el recurso más allá de las 20:00 horas de este jueves. En este caso no se conocería la resolución para la siguiente jornada luego el brasileño no podría estar el domingo en el Bernabéu.
El plazo ante el TAD concluye mañana a las 12:00
Y el siguiente organismo para recurrir es el TAD, dependiente del CSD, que ya la temporada pasada fijó sus propios horarios en los recursos urgentes. Si se presenta antes de las 12:00 horas del viernes anterior, debería haber un pronunciamiento del Tribunal sobre la medida cautelar. Más allá de esa hora, ya no lo habrá para esa jornada. Recurso que solo podéis presentar el Real Madrid si ya tuviera un dictamen de Apelación.
Y es casi imposible que el club blanco encuentre solución en el TAD, si llegase a pedir la suspensión cautelar: Porque el dictamen hasta ahora es no conceder cautelares en situaciones similares dado que entienden que en una plantilla de 25 jugadores no es una cuestión capital dejar en suspenso la sanción.
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