¿Lo pueden multar por tener el kit de carretera y el botiquín del carro vencido? Esto deben saber los conductores, según la ley vigente
Si quieren evitar multas, deben tener en cuenta los elementos del kit de carretera y las disposiciones legales vigentes.
Multas por kit de carretera y botiquín. Foto: ISTOCK

PERIODISTA DE ALCANCE DIGITALActualizado:
Se acerca la temporada decembrina y muchos colombianos comienzan a alistarse para viajar o simplemente salir a recorrer sus ciudades con el fin de observar las decoraciones y los alumbrados navideños. Muchos de ellos suelen utilizar su automóvil para estos desplazamientos. Sin embargo, si quieren evitar multas, deben tener en cuenta los elementos del kit de carretera y las disposiciones legales vigentes.
El Código Nacional de Tránsito es la normativa encargada de regular la circulación de peatones, ciclistas, motociclistas, conductores y pasajeros en el país. Esta ley establece cuáles son las disposiciones que cada actor vial debe tener en cuenta al momento de movilizarse por el territorio nacional.
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¿Qué debe contener el kit de carretera?
Según el artículo 30 de la Ley 769 de 2002, los elementos que debe contener un kit de carretera para circular en Colombia son:
- Un gato con capacidad para elevar el vehículo.
- Una cruceta.
- Dos señales de carretera en forma de triángulo, elaboradas en material reflectivo y provistas de soportes para ser colocadas en posición vertical, o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello.
- Un botiquín de primeros auxilios.
- Un extintor.
- Dos tacos para bloquear el vehículo.
- Una caja de herramientas básica que, como mínimo, deberá contener: alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.
- Una llanta de repuesto.
- Una linterna.
Asimismo, es importante recalcar que incumplir alguno de estos requisitos o infringir las normas de tránsito podría acarrear multas económicas por diferentes motivos, entre los que también se incluyen la realización de maniobras peligrosas o la falta de elementos esenciales para el vehículo.
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¿Cuáles son las multas que existen en Colombia por no tener el kit de carretera?
Según el artículo 131 de la ley citada, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010 y publicado en Función Pública, “Los infractores de las normas de tránsito serán sancionados con la imposición de multas, de acuerdo con el tipo de infracción”.
De acuerdo con el literal C.11 del artículo en mención, serán objeto de multa quienes incurran en la siguiente conducta: “No portar el equipo de prevención y seguridad establecido en este código o en la reglamentación correspondiente”.
La persona que incumpla alguno de los requisitos relacionados con el kit de carretera “será sancionado con una multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV)”. La normativa establece que esta sanción se aplica al conductor o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las infracciones de categoría C. En ese sentido, el valor del comparendo sería de $875.452,50 en 2026.
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Por otro lado, en cuanto a los elementos del botiquín que puedan estar vencidos, la normativa referenciada no establece expresamente que esta situación sea causal de una multa directa para el conductor o propietario del vehículo.
Juan Sebastián Cardona Bernal
Redacción Alcance Digital
EL TIEMPO
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