El ahorro voluntario podrá ser la única forma para garantizar el futuro de los trabajadores en Colombia: estas serían las razones

La reforma pensional en Colombia establecida por la Ley 2381 de 2024 modificará la distribución de los aportes obligatorios a partir del 1 de abril de 2027, fecha prevista para su entrada en vigor general, aunque se espera que la Corte Constitucional vuelva a revisar el proyecto para su aprobación.
La cotización se mantendrá en el 16% del ingreso base de cotización (IBC), pero se repartirá entre Colpensiones y el componente de ahorro individual según un umbral de 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes: lo que corresponda a esa base irá al fondo público y el excedente, a una administradora privada.
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La ley organiza el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez en cuatro pilares y modifica la distribución de los recursos obligatorios según el nivel de ingresos.
El modelo abarca a trabajadores dependientes, independientes y contratistas, además de establecer mecanismos para adultos mayores sin pensión o con trayectorias de cotización incompletas.
El ahorro voluntario permanecerá como una alternativa adicional a la cotización exigida por ley. Cualquier persona podrá hacer aportes para aumentar el monto de su futura pensión o anticipar el retiro, sin sustituir las obligaciones del sistema contributivo.

Los cuatro pilares de la reforma pensional son:
- Solidario: está dirigido a hombres mayores de 65 años, mujeres mayores de 60 años y personas con discapacidad en situación de pobreza extrema o vulnerabilidad. El esquema contempla una renta básica solidaria mensual para garantizarles un ingreso mínimo de subsistencia.
- Semicontributivo: cubrirá a quienes hayan cotizado entre 300 y menos de 1.000 semanas sin alcanzar los requisitos de una pensión completa. Los recursos acumulados, los rendimientos y un subsidio estatal se convertirán en una renta vitalicia periódica, que no será heredable ni sustituible.
- Contributivo: reunirá a trabajadores dependientes, independientes y contratistas que realizan aportes obligatorios.
- Ahorro voluntario: que permite añadir recursos propios a la preparación financiera para la vejez.
La cotización general se mantendrá en el 16% del ingreso base de cotización. En una relación laboral, el trabajador aporta el 4% de su salario y el empleador cubre el 12% restante mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila).
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Los trabajadores independientes deberán pagar el porcentaje mencionado completo sobre los ingresos que declaren, por medio de un operador de Pila. La responsabilidad del pago mensual recae directamente en el cotizante cuando no existe un empleador que realice los descuentos y los giros correspondientes.

Todos los aportes calculados sobre una base de hasta 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes se destinarán a Colpensiones. Quienes ganen por encima de ese umbral enviarán la porción excedente a una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai).
A modo de ejemplo, una persona con un salario de $5.000.000 cotizará en Colpensiones la parte equivalente a los primeros 2,3 salarios mínimos. El resto de ese ingreso se dirigirá a una cuenta individual administrada por una Accai.
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Al respecto, el presidente de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos), Andrés Velasco, dijo que los colombianos necesitarán un ahorro adicional de 15% para lograr una pensión comparable con la prevista en la Ley 100. Esa proporción no corresponde a una obligación legal, sino a una estimación del dirigente gremial sobre la necesidad de complementar el retiro.
Una cuenta bancaria ofrece liquidez inmediata, mientras los fondos voluntarios se orientan a la inversión de largo plazo. La diferencia radica en que los aportes voluntarios buscan acumular capital para objetivos futuros, entre ellos reforzar el ingreso durante la jubilación.
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Colfondos, una de las Accai, informó que los aportes netos a sus cuentas de ahorro voluntario crecieron 25% entre 2025 y 2026. Por eso, la gerente de Estrategia y Producto de la entidad, Andrea Silva, vinculó la decisión de ahorrar con la preparación para el retiro.
“Entender la importancia del ahorro es el paso definitivo para tomar el control de nuestro retiro. Más allá del aporte obligatorio, la decisión de ahorrar de manera constante es la herramienta más efectiva para proteger nuestro nivel de vida”, anotó.
Silva insistió en que “ahorrar hoy significa cerrar la brecha de nuestra futura pensión con una ventaja invaluable: la tranquilidad de saber que ese dinero es nuestro, es heredable y genera rendimientos diarios”.
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La ejecutiva también destacó la posibilidad de ajustar los aportes y las inversiones a cada situación personal.

“Hoy, realizar aportes a pensiones voluntarias deja de ser un beneficio exclusivo o un plan de contingencia, para convertirse en una necesidad estratégica. La ventaja es su flexibilidad: el trabajador puede decidir cuánto aportar, suspenderlo si lo requiere y elegir cómo invertir ese capital a través de los esquemas de multifondos, adaptándose a su edad y perfil de riesgo”, anotó.
La entidad identifica cuatro criterios para construir ahorro de largo plazo:
- Tiempo.
- Rentabilidad.
- Diversificación.
- Constancia.
Esto, teniendo en cuenta que a los 25 años existe mayor margen para asumir riesgos, mientras que a los 55 años el foco pasa a ser la protección del capital ante la cercanía del retiro.
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Con el nuevo esquema, el aporte obligatorio cubrirá una base definida por la ley, pero el resultado financiero de la jubilación también dependerá de las decisiones adicionales de cada cotizante. Los fondos voluntarios ofrecen una vía flexible para sumar recursos, pausarlos cuando sea necesario y elegir alternativas de inversión según la edad y el perfil de riesgo.
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