TC visa megarreforma, pero elimina criterios para compensar recursos a municipios por fin de las contribuciones

Finalmente, el Tribunal Constitucional (TC) entregó la sentencia del control obligatorio de la megarreforma del gobierno.
Esta iniciativa es el proyecto estructural que impulsó el gobierno de José Antonio Kast y que tiene como objetivo impulsar la inversión y el crecimiento económico. Se despachó el 4 de agosto del Congreso, pero recién este viernes quedó en condiciones de avanzar a ser ley, tras el visto bueno del TC. Se espera que dicho hito se cumpla durante la próxima semana.
Entre los principales cambios que incluyó la denominada ley de Reconstrucción, se establece la rebaja del impuesto a las empresas del 27% al 23%, la reintegración del sistema tributario y un régimen de invariabilidad impositiva por hasta 20 años, entre otras materias.
Así, en 2027 la tasa del impuesto de primera categoría (de las empresas) pasará de 27% a 25,5%, (operación renta 2028); en 2028, a 24% (operación renta 2029), y en 2029, a 23% (operación renta 2030). También contempla la eliminación del impuesto a la ganancia de capitales del 10%.
En el caso de la reintegración del sistema tributario, esta también será gradual, volviendo a una reintegración total en el año tributario 2031.

Todo lo anterior no tuvo reparos por parte del TC. Sin embargo, uno de los cambios contenidos en la ley que el TC visó solo parcialmente, es el mecanismo que se fijó para reponer los recursos a los municipios, por la eliminación de las contribuciones para adultos mayores.
Específicamente se refiere a la compensación a los propios ingresos y no a la parte que se redistribuye vía Fondo Común Municipal (FCM), que había quedado ligada a una reducción de 30% en el tiempo de otorgamiento de los permisos municipales. Eso fue declarado inconstitucional por parte del TC. Ahora, la compensación será a todo evento.
El TC también declaró inconstitucional una norma que permitía, transitoriamente, que ingresos por la nueva modalidad de cobranza de patentes no se destinaran, en el porcentaje que la ley determina, al FCM. El fundamento fue que solo cuatro comunas tienen la obligación de destinar parte de su recaudación de patentes al FCM: Santiago, Providencia, Las Condes y Vitacura.
Anteriormente, el TC ya había declarado inconstitucional la norma que permitía una indemnización por parte del Estado a los proyectos con Resolución de Calificación Ambiental (RCA) aprobada, pero luego anulada por la justicia. En su sentencia definitiva de ahora, el TC ratificó los criterios de inconstitucionalidad previamente advertidos en agosto, al considerar que mantener esta vía revivía de forma indirecta un mecanismo que desnaturaliza la responsabilidad estatal y la protección ambiental.

Otras normas revisadas antes
En agosto, el TC también revisó el requerimiento que hizo la oposición sobre la invariabilidad tributaria, la que pasó esa valla tal cual estaba en el proyecto de ley. Esta norma establece una invariabilidad de 10 años para inversiones entre US$ 50 millones y menos de US$ 100 millones; de 15 años para montos desde US$ 100 millones y menores a US$ 350 millones, y de 20 años reservado para grandes inversiones, iguales o superiores a US$ 350 millones.
En cambio, una suerte distinta tuvo el Ejecutivo en esa ocasión con dos normas específicas. Una que obliga a las concesionarias de distribución eléctrica, de servicios sanitarios y de gas, a reconectar de manera gratuita a los usuarios residenciales y a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) que residan en zonas declaradas en estado de catástrofe. Dicha reconexión tiene un plazo de 48 horas para los servicios de electricidad y gas, mientras que para el agua potable y el alcantarillado, de 24 horas. Pese a los argumentos en contra del gobierno, el TC la declaró constitucional.
Lo mismo sucedió con la impugnación que promovió la oposición para declarar inconstitucionales los preceptos sobre relocalización de concesiones acuícolas. Este asunto era de importancia para la industria salmonera, pero pese a que expuso sus argumentos en las audiencias públicas, el resultado fue una derrota para estos intereses, quedando fuera de la ley.
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