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Wednesday, October 7, 2026

Los argumentos de la apelación de la Fiscalía contra la decisión de que Miguel Quintero enfrente el proceso por apropiación ilícita en casa por cárcel

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Este lunes 5 de septiembre, las partes explicaron el por qué el hermano del exalcalde Daniel Quintero debería ir a prisión de manera preventiva. 

Este 5 de septiembre se presentaron las apelaciones contra la decisión de que Miguel Quintero enfrente el proceso judicial en su contra en medida de detención domiciliaria. Foto: EL TIEMPO.

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PERIODISTA DE MEDELLÍNActualizado:

El juez 27 penal del circuito de Medellín determinó, el pasado 2 de octubre, que Miguel Andrés Quintero Calle, hermano del exalcalde Daniel Quintero, estará sujeto a medida de detención domiciliaria en el marco del proceso judicial que se adelanta en torno al direccionamiento de contratos entre el Área Metropolitana del Valle y el Cuerpo de Bomberos de Itagüí, y la posterior apropiación ilícita de más de 2.481 millones de pesos. 

En su decisión, el togado manifestó que la fiscal Ramírez logró probar por qué Miguel Quintero debe ser privado de su libertad desde su casa, por su supuesta participación en el escándalo por el que le imputaron los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación.

El juez también manifestó que la argumentación de la Fiscalía guarda congruencia temporal y permite inferir que sí se habrían cometido delitos en la celebración de seis contratos entre el AMVA y los bomberos de Itagüí. 

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Miguel Quintero durante la audiencia de imputación en su contra.

Miguel Quintero durante la audiencia de imputación en su contra. Foto:EL TIEMPO.

"La secuencia cronológica de los movimientos y actuaciones descritos en pantallazos allegados al proceso por quienes rinden interrogatorio dan cuenta de que efectivamente sí manipularon e incluso personas al interior de la institución, la rosca es inevitable en nuestro país, lo que uno sí clamaría de la rosca es que se ponga una persona que le guste trabajar, lo haga con amor y no tenga intereses más allá de hacer bien su trabajo, es una lógica política que persiste desde que tengo uso de razón, así es y será", resaltó el togado.

En ese sentido, el juez ahondó en la lógica del juicio expuesto: "Ese impulso criminal es doloso, se ha puesto de presente y comunicado, por ello se vinculó a los ciudadanos. Lo expuesto no me permite creer que falte un elemento material que indique que Miguel Quintero o Sebastián Ortega no comprendieran la ilicitud de las conductas que desplegaban. Creo que tenían pleno conocimiento de ello, al punto de que crearon un grupo de WhatsApp con un nombre bastante llamativo 'Alternativo grupo de trabajos sin condones'; es muy llamativo y es porque se ventilaban cosas que no se ventilaban en otro grupo denominado 'amigos'. Se ventilaban asuntos que guardan congruencia temporal y se materializaron en el espacio contractual del AMVA; nombramientos, salidas de personas, ingreso de personas que excedieron sus funciones suscritas al área financiera y administrativa, torpedeaban con contundencia labores de otras subdirecciones diferentes a las suyas".

Según el acervo probatorio presentado por la Fiscalía General de la Nación, Miguel Quintero, como particular, habría tenido injerencia clave en la contratación del AMVA entre los años 2020 y 2023. Específicamente, habría ordenado el direccionamiento de seis contratos por un valor superior a 17.657 millones de pesos al Cuerpo de Bomberos de Itagüí.

Posteriormente, según los elementos materiales probatorios presentados por el ente acusador, Quintero Calle habría cobrado el 15 % del valor de cada contrato como coimas. Ese valor se habría traducido en 2.481 millones de pesos que, de acuerdo con el ente acusador, habrían terminado en las manos de Miguel Andrés. 

Durante la audiencia del pasado viernes, el juez expresó que Migración Colombia había presentado un informe en el que se demostraba el arraigo de Quintero al país y la carencia de riesgo de fuga en ese sentido. 

Fue precisamente en la sumatoria de esos argumentos que el juez consideró que no era procedente enviar a Quintero a prisión preventiva y, en cambio, determinó que la decisión que se ajustaba era la detención domiciliaria, contracorriente de las peticiones expuestas por la Fiscalía y la Procuraduría. 

Más allá de la polémica suscitada por la lujosa casa en la que Quintero ya enfrenta la detención domiciliaria luego de haber sido reseñado el pasado 3 de octubre en la mañana en la cárcel de Bellavista, la Fiscalía, la Procuraduría y el AMVA, como víctima del detrimento de más de 2.481 millones de pesos, los entes acusadores manifestaron su inconformidad con la decisión del juez, presentando apelaciones que fueron argumentadas este lunes en una audiencia que se extendió por más de cinco horas. 

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Miguel Quintero se defendió en el caso de direccionamiento de contratos del AMVA, por el que fue imputado y sometido a detención domiciliaria.

Momentos de la reseña de Miguel Quintero.

Momentos de la reseña de Miguel Quintero. Foto:Cortesía

Este 5 de octubre la palabra la tuvo María Teresa Gómez Salinas, fiscal 77 Seccional de Medellín. Ella empezó por manifestar que la orden de detención domiciliaria contra Miguel Quintero no obedece a todas las pruebas que hay en su contra. Para ella, el hermano del exmandatario representa un peligro para la sociedad, y por eso tiene que ser enviado a prisión.

La fiscal afirmó que la defensa de Miguel Quintero no supo sustentar por qué él puede estar en la casa sin ser un peligro para la sociedad. Además, que el juez interpuso una medida muy leve ante la gravedad de lo sucedido.

Concretamente, la delegada señaló: "El despacho concluyó que la sociedad requiere protección frente a la eventual persistencia de los comportamientos endilgados. 

"La medida de aseguramiento no es un fin en sí mismo, sino un instrumento para conjurar un riesgo concreto o un medio para el cumplimiento de unos fines constitucionales. Su idoneidad debe examinarse frente a la forma en que el riesgo puede materializarse y no frente a la gravedad abstracta del delito. Si el peligro reconocido es la reiteración de la conducta, la pregunta jurídicamente relevante es de qué manera se ejecutó la conducta, pues solo de esa manera puede establecerse si la medida escogida la neutraliza", inició explicando Gómez. 

Luego, la delegada agregó: "Según la inferencia razonable que la decisión avaló, Quintero Calle no ostentó cargo, oficina ni contrato con el AMVA, su intervención se desarrolló a través de canales de comunicación y por interpuesta persona. Así se logró materializar la apropiación de los recursos públicos". 

En esa línea, la fiscal 77 señaló: "Ninguna de las conductas que sustentan el peligro reconocido requirió el desplazamiento físico del imputado. Se ejecutaron mediante comunicaciones y a través de terceros. La detención domiciliaria, en cambio, restringe únicamente la libertad de locomoción y deja intactos los medios con los que se materializó la conducta. Por ello, la medida incide sobre un factor accesorio y no sobre la fuente del riesgo".

Finalmente, la delegada de la Fiscalía General de la Nación sentenció: "El problema no es dónde está Miguel Quintero, sino con quién puede comunicarse y a través de quién puede actuar".

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Miguel Quintero fue reseñado el pasado sábado para dar inicio a su detención domiciliaria.

Fiscal 77 de la Seccional Medellín durante la apelación.

Fiscal 77 de la Seccional Medellín durante la apelación. Foto:EL TIEMPO.

El delegado de la Procuraduría secundó lo expuesto por la Fiscalía y pidió que se derogue la medida de detención domiciliaria y se reemplace por una medida de aseguramiento preventiva en centro carcelario. 

Por su parte, el abogado Santiago Trespalacios, defensor de Quintero Calle, pidió que se sostenga el fallo tal como se emitió en primera instancia. 

Finalmente, las apelaciones quedaron registradas y será un juez de segunda instancia el que determine, en un lapso de diez días hábiles, si se mantiene la detención domiciliaria contra Quintero o, si por el contrario, atiende a las apelaciones de la Fiscalía y la Procuraduría y sustituye la medida domiciliaria por una intramural en centro de reclusión.

Periodista de Nación, en Medellín. 

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