¿Hasta cuándo los conductores podrán acceder al 90% de descuento en papeletas? Esto dice el MTC

En medio de los acuerdos alcanzados con los gremios de transportistas, el Gobierno puso en marcha una medida que busca aliviar la carga de las multas acumuladas por infracciones de transporte. A través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), se estableció un régimen excepcional de pago mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026. La disposición permitirá acceder a una reducción de hasta el 90 % de las sanciones impuestas tanto al transporte público como privado. Con esta decisión, se busca facilitar que los infractores puedan cumplir efectivamente con sus obligaciones. La medida forma parte de los compromisos asumidos por el Ejecutivo con el sector.
El nuevo régimen apunta además a mejorar el funcionamiento del sistema sancionador y evitar que las multas permanezcan pendientes durante largos periodos. La reducción excepcional abre una oportunidad para que los transportistas regularicen sus deudas bajo condiciones más favorables. El objetivo, según la disposición, es promover el pago efectivo de las sanciones sin dejar de lado la aplicación de las normas de transporte. Así, el beneficio busca tender un puente entre las obligaciones acumuladas y la posibilidad de ponerse al día. Mientras la medida entra en vigencia, el sector transporte afronta una nueva etapa marcada por la regularización y el cumplimiento.
El nuevo régimen excepcional contempla plazos distintos según el tipo de infracción cometida por los conductores y transportistas. Para las multas relacionadas con infracciones de tránsito, el beneficio estará disponible durante 90 días calendario. En el caso de las sanciones vinculadas al transporte público y privado, el periodo se extenderá por 180 días. Sin embargo, no todas las infracciones podrán acceder a esta reducción, pues las consideradas graves han quedado fuera del régimen. De esta manera, la norma establece límites precisos para quienes busquen regularizar sus obligaciones.
El beneficio será de carácter voluntario y alcanzará a quienes mantengan multas pendientes en distintas etapas del procedimiento administrativo. Podrán acogerse quienes aún no hayan iniciado el proceso sancionador, tengan expedientes en trámite o cuenten con sanciones firmes. También estarán comprendidas las multas impugnadas o aquellas que se encuentren en ejecución coactiva. Incluso podrán beneficiarse las sanciones que sean impuestas mientras permanezca vigente el régimen excepcional. Así, la medida abre una ventana temporal para que conductores y transportistas puedan ponerse al día con sus obligaciones.
El camino para acceder al beneficio comienza con un paso concreto: cancelar la multa aplicando la reducción establecida por el régimen excepcional. Una vez realizado el pago, la autoridad competente procederá a cerrar y archivar el procedimiento administrativo sancionador o la ejecución coactiva correspondiente. Cuando corresponda, también quedarán comprendidos los costos y gastos originados durante el proceso de cobranza. De esta manera, el pago permitirá poner punto final a la deuda pendiente. El administrado podrá así regularizar su situación bajo las condiciones previstas por la norma.
La medida contempla además consecuencias favorables para quienes decidan acogerse al régimen y cumplan con cancelar la sanción. Las multas pagadas bajo este mecanismo no sumarán puntos en la licencia de conducir de los beneficiarios. Tampoco serán utilizadas para establecer una eventual reincidencia o habitualidad por infracciones. Esto significa que la regularización no arrastrará esos efectos en futuras evaluaciones administrativas. Así, el régimen ofrece una oportunidad para cerrar una deuda y dejar atrás sus consecuencias sancionadoras.
El nuevo régimen excepcional marca una línea clara frente a las infracciones consideradas de mayor gravedad. Quedan fuera del beneficio las sanciones relacionadas con conducir en estado de ebriedad, la informalidad, las agresiones contra inspectores y los accidentes de tránsito. En los casos que ya se encuentren en ejecución coactiva y hayan registrado pagos parciales, la reducción se calculará sobre el saldo aún pendiente. Si el administrado mantiene un recurso contra la resolución sancionadora, deberá presentar previamente el desistimiento correspondiente. Así, la norma establece condiciones específicas para quienes busquen acogerse a la medida.
Mientras tanto, el MTC realizará ajustes en las sanciones aplicables al tránsito y al transporte terrestre bajo criterios de razonabilidad y proporcionalidad. La entidad también revisará el sistema mediante el cual se asignan puntos en las licencias de conducir por determinadas infracciones. En paralelo, la ATU deberá actualizar sus propias tablas de infracciones y sanciones para los servicios públicos que se encuentran bajo su competencia. Los cambios buscan ordenar el sistema y adecuar las penalidades a cada tipo de falta. De esta manera, el régimen excepcional llega acompañado de una revisión más amplia de las reglas que rigen el transporte.
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