Estos adelantamientos podrán ocasionar 200 euros de multa y seis puntos del carnet
En el año 2025 se registraron en España 1.028 siniestros mortales en vías interurbanas, en los que fallecieron 1.119 personas y otras 4.936 resultaron heridas y necesitaron hospitalización, según el balance provisional de la DGT. Dentro de esta cifra, 40 de los fallecidos eran ciclistas, de los cuales 2 perdieron la vida en autopistas o autovías y 38 en el resto de vías interurbanas.
De cara a este nuevo año, la DGT ya anuncia grandes reformas en el Reglamento General de Circulación que supondrán importantes cambios en el uso de los carriles de adelantamiento en España. Entrará en vigor el próximo 1 de octubre, cuando se empezarán a aplicar las sanciones.
Se prevén 7 grandes novedades que afectarán a todos los conductores con multas, que en algunos casos alcanzarán los 200 euros y la pérdida de 6 puntos del carnet de conducir.

1. Reducir la velocidad 20km/h por debajo del límite de la vía para efectuar un adelantamiento a un ciclista
Se modificará la forma en la que se puede adelantar a los ciclistas en carreteras interurbanas, es decir, fuera de poblado. Todos los vehículos deberán frenar al adelantar a ciclistas en las carreteras, no pudiendo en ningún caso circular en estas maniobras a menos de 20 km/h por debajo del límite de velocidad máximo de la carretera, tanto antes de iniciar la maniobra como durante su ejecución.
2. Obligación de cambiar de carril al adelantar a ciclistas y mantener la distancia mínima de seguridad
- Además de respetar la separación lateral mínima de 1,5 metros obligatoria (no hacerlo supone multas de 200 euros y 6 puntos y que, desde ahora, también deberá respetarse al rebasar a peatones, animales, ciclomotores o vehículos de movilidad personal), el BOE ya recoge que, si la calzada además tiene más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril para realizar el adelantamiento.

3. En ciudad, distancia mínima de 5 m de separación con los ciclistas
En vías urbanas, desde octubre será obligatorio que todos los conductores dejen una distancia mínima de 5 metros con los usuarios de bicicletas en calles y ciudades cuando estos circulen por delante, compartiendo ambos el mismo carril. No hacerlo supondrá sanciones de 200 euros y 6 puntos.
4. Los ciclistas podrán adelantar por la derecha e izquierda en ciudad
Los ciclistas, en determinadas situaciones urbanas, podrán rebasar y adelantar vehículos a motor tanto por la derecha como por la izquierda, principalmente en casos de retenciones.

5. Permiso a los motoristas para circular por los arcenes para adelantar en los atascos
Se permitirá por primera vez, y en caso de carreteras congestionadas, que los motoristas puedan circular por los arcenes para adelantar y rebasar vehículos, mejorando así su circulación y aportando más fluidez al tráfico. Solo será permitido cuando el tramo esté previamente habilitado y señalizado, la circulación se encuentre detenida por la congestión y las motocicletas circulen a un máximo de 30 km/h y en columna de a uno.
6. Nueva normativa para rebasar vehículos averiados
Cuando haya que rebasar un vehículo inmovilizado por una avería, accidente, auxilio u otras circunstancias, el conductor deberá mantener la distancia lateral de seguridad establecida, reducir la velocidad en los términos previstos por el nuevo Reglamento e incorporarse íntegramente en el carril contiguo. No hacerlo tendrá una sanción de 200 euros.
7. Prohibición de adelantar en carreteras con nieve
Quedará prohibido adelantar en autovías y autopistas si hay nieve en la calzada. Además, los vehículos deberán cumplir con el objetivo de facilitar el paso de máquinas quitanieves y vehículos de emergencia por el carril izquierdo; deberán utilizar el carril situado más a la derecha. Se considera una sanción grave y no cumplir el reglamento acarreará multas de 200 euros.
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