Tras asesinar a su esposo en medio de una discusión, una joven en Boyacá tendrá que pagar 20 años de prisión
Ibeth González y Pablo Andrés Güezguán, victimaria y víctima. Foto: Archivo particular

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Ibeth Daniela González Acevedo, tras ingerir unas cervezas y en medio de un disgusto de pareja, en la casa en que vivían, le propinó una puñalada mortal a la altura del pecho a su esposo, por lo que acaba de ser condenada por homicidio agravado con circunstancias de mayor punibilidad, tras haber aceptado los cargos.
Eso fue lo que logró comprobar la Fiscalía, entregando las pruebas suficientes al juez primero penal del circuito de Sogamoso, quien determinó la culpabilidad de la joven de 21 años por el delito de homicidio agravado en contra de su esposo, Pablo Andrés Güezguán Joya, quien tenía 24 años.
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Ibeth González y Pablo Andrés Güezguán. Foto:Archivo particular
Se habían casado el 29 de junio de 2024 en la iglesia de Mongua, un municipio a casi tres horas de Tunja, en una ceremonia a la que asistieron llenas de felicidad las familias Güezguán Joya y González Acevedo, y que estuvo presidida por el sacerdote local Wilson Barrera, frente al que se juraron amor eterno y prometieron que su unión se mantendría hasta que la muerte los separara.
Irónicamente, 18 meses después, en la misma iglesia, pero esta vez frente al ataúd con el cuerpo de Pablo Andrés acompañado por la familia Güezguán Joya llena de dolor y llanto, el mismo cura que les había dado la bendición como pareja, esta vez celebró el funeral que conmocionó a gran parte de esta localidad vecina de Monguí y Tópaga, que fue evangelizada en 1555 y que basa su economía en la minería de carbón, justamente el oficio en el que se ganaba la vida como minero el joven asesinado.
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De hecho, según el relato de familiares, el 14 de febrero, antes del fatal desenlace, la pareja había recibido un viaje de carbón para la estufa en la que preparaban sus alimentos a diario y, luego de haber acomodado los bloques del mineral dentro de la casa, decidieron salir a tomarse una cerveza en una tienda cerca de la casa en la vereda Mata de Zarza, a 10 minutos del casco urbano del municipio y, de paso, ofrecer unas truchas que habían pescado. Tras la primera, vinieron varias cervezas más que compartieron con unos amigos, antes de regresar a su residencia.
“Eso de que estaban en una reunión familiar es mentira, estaban tomándose una cerveza en una tienda cercana a la casa y luego se devolvieron a la vivienda donde se suscitaron los hechos que terminaron con la muerte de mi hermano; sin embargo, en esto hay una cantidad de inconsistencias que la Fiscalía no quiso tener en cuenta”, aseguró a EL TIEMPO una de las hermanas de la víctima.
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Monguí, en Boyacá. Foto:Colegio Santa Francisca Romana
Otro de los parientes aseguró que toda la familia Güezguán Joya está inconforme con la pena impuesta por el juez de apenas 20 años de prisión para la asesina, pero además por las irregularidades en la investigación, donde, según ellos, “la Fiscalía no quiso hacer su trabajo investigativo completo en el que lograra determinar lo que realmente ocurrió la tarde de aquel sábado, ya que al parecer hubo varios cómplices a los que ni siquiera vincularon al proceso”.
Según las versiones de la familia, al joven lo sacaron muerto de la casa y lo trasladaron en un carro particular hasta el puesto de salud, para evitar que la Policía recogiera pruebas sobre lo ocurrido dentro de la vivienda.
“A Daniela la detuvieron y la llevaron a la estación de Policía en Mongua, luego la trasladaron a Sogamoso, donde estuvo hasta el mediodía del domingo y la dejaron en libertad, apenas unas horas después de asesinar a mi hermano. Allá adelantaron las audiencias, pero a nosotros no nos tuvieron en cuenta para nada. No nos enteramos de lo que ocurrió realmente, siempre nos decían que el fiscal estaba investigando, pero jamás nos informaron sobre las audiencias”, reclamó Héctor, otro de los hermanos del fallecido.
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Su hermano añadió a este medio que lo raro es que era una pareja que se llevaba muy bien y no se veía que fuera un hogar de peleas, por lo que es muy importante que ella cuente realmente cómo ocurrieron los hechos.
Otro familiar del fallecido asegura además que a Ibeth Daniela le imputaron los cargos y le dijeron que si aceptaba y se declaraba culpable, le dejaban la mitad de la pena y que le dieron dos meses más para la audiencia de sentencia, que la llevaron para Bogotá a un centro de rehabilitación y que luego le dieron un mes más de plazo porque supuestamente tenía un trastorno y que hasta la semana pasada le dieron la pena de 20 años de cárcel, castigo que, según ellos, no se ajusta a los delitos.
“Tanto la familia de la victimaria como la Fiscalía quieren es que archivemos el caso y que no digamos nada, cuando aquí hay una cantidad de inconsistencias y hechos que podrían quedar impunes”, recalcó el familiar.
La determinación del juez
El Juzgado Primero Penal del Circuito de Sogamoso sentenció a 240 meses de prisión a Ibeth Daniela González Acevedo por el homicidio de su esposo, Pablo Andrés Güezguán Joya.
La Fiscalía imputó el homicidio agravado contenido en el artículo 104, numeral 1, del Código Penal, por tratarse de cónyuges, y la circunstancia de mayor punibilidad del artículo 58, numeral 20, por el uso de arma blanca.
Según el relato de los hechos en el escrito de acusación, la pareja se encontraba en su residencia realizando labores domésticas cuando el esposo le pidió que fuera a la cocina por un cuchillo para arreglar unas truchas; la procesada regresó con el arma y, sin mediar palabra, le propinó una herida de 12 centímetros que comprometió el ventrículo izquierdo, provocó colapso pulmonar y sangrado masivo, causando la muerte de la víctima en el lugar de los hechos.
La mujer aceptó los cargos inicialmente el 24 de abril de 2026 ante el Juzgado Promiscuo Municipal de Mongua, y reiteró su decisión el pasado 27 de julio ante el Juzgado de Conocimiento en Sogamoso.
“El Juzgado Primero Penal del Circuito de Sogamoso condena a Ibeth Daniela González Acevedo a 240 meses de prisión por la comisión en calidad de autor del delito de homicidio agravado con circunstancias de agravación, conforme al allanamiento que hiciera a tales cargos”, se puede leer en el fallo.
El togado recalcó en que no se le concede la pena de prisión domiciliaria, como lo habían estado solicitando el abogado y familiares de la victimaria, y que, en consecuencia, en firme la decisión, se expedirá la orden de captura respectiva.
Los familiares del joven asesinado interpondrán el recurso de apelación, que es la única posibilidad procedente en contra de esta sentencia, buscando no solo que se suba la pena, sino exigiendo que se profundice en la investigación para que se castigue a otros implicados en el hecho mortal.
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Documental de la periodista Jineth Bedoya. Foto:
Harvey Yecid Medina Alfonso
Especial para EL TIEMPO
Tunja
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