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Thursday, October 22, 2026

Un fallo que consagra la impunidad sindical

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El reciente fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Nicolás, que absolvió al dirigente del Sindicato de Camioneros Maximiliano Cabaleyro y a otros seis imputados por el bloqueo a la pyme Distribuidora Rey de San Pedro, y los lamentables fundamentos expuestos por el juez Alejandro López constituyen una señal de extrema gravedad institucional y un duro revés para la seguridad jurídica en la Argentina.

La decisión del tribunal no solo es vergonzosa. Se trata de la consagración judicial de la extorsión impune al pretender amparar en el “ejercicio de la huelga” lo que constituye un claro apriete delictivo.

A raíz de los violentos hechos acaecidos en febrero de 2021, la fiscalía solicitó diez años de prisión para los imputados por delitos de extorsión, coacción y turbación de la posesión, al tiempo que expuso la conocida metodología de la coerción sindical: el ahogamiento operativo y la imposición de exigencias al margen de la ley. Sin embargo, en un razonamiento que distorsiona los principios del fuero penal, la resolución judicial optó por absolver a los acusados amparándose en el “ejercicio legítimo del derecho de huelga”.

Confundir la protesta laboral con la comisión de conductas delictivas tipificadas por el Código Penal revela una grave regresión jurídica.

El juez de San Nicolás Alejandro LópezDiario el Norte

El derecho constitucional de huelga no consagra el uso de la fuerza ni el chantaje como herramientas de negociación. Cuando se obstruye físicamente el ingreso a una planta, se imposibilita el trabajo de terceros y se coacciona a los propietarios de un establecimiento, no se está ejerciendo una garantía laboral: se están vulnerando derechos fundamentales como el libre ejercicio del comercio, la libertad de trabajo y la propiedad privada.

Por su parte, el sector empresarial representado por el Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB), con el apoyo de entidades como la Unión Industrial Argentina (UIA) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC), impulsó un pedido de enjuiciamiento contra el mencionado magistrado.

Avalar la impunidad de las patotas gremiales desde el Poder Judicial condena a las empresas a la total indefensión y destruye la vapuleada confianza institucional y la seguridad jurídica.

La justicia penal no puede convertirse en un territorio de complicidad con la prepotencia, por lo que resulta indispensable para la salud del Estado de Derecho la revisión de este fallo por parte de las instancias superiores y la evaluación de la actuación del juez López.

Ningún país puede aspirar al desarrollo sostenible ni al progreso cuando la Justicia se rinde ante las mafias enquistadas en corporaciones sindicales, porque cuando la extorsión queda impune, la República corre el peligro de agonizar.

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