Sumarios administrativos: una reforma pendiente

El reciente informe de Contraloría General de la República (CGR) que da cuenta de 485 funcionarios/as de la Administración Central suspendidos/as preventivamente en sumarios administrativos entre 2020 y marzo de 2026, en 13 casos por 4 o más años, pone de relieve tanto la extensa duración de los procesos disciplinarios en la Administración como la disfuncionalidad que puede tener la suspensión preventiva de los/as inculpados/as, particularmente porque siguen percibiendo su remuneración o, de haberse cerrado la investigación con propuesta de destitución, el 50%.
La demora reduce el efecto preventivo de estas indagaciones y dificulta su éxito, particularmente si no se logra reunir pruebas con rapidez, pero es frecuente si consideramos que cada sumario requiere comisionar personal para que se desempeñe como fiscal y actuario, manteniendo sus demás ocupaciones, y que el primero debe tener un rango equivalente al del inculpado. Agréguese que no siempre se cuenta con investigadores especializados y que se trata de un procedimiento rígido; dependiendo del caso, pueden requerirse múltiples diligencias. Cerrada la investigación, toca a la jefatura superior estudiar los antecedentes y tomar una decisión, susceptible de recursos. Y aunque hay plazos, se entiende que no son fatales. Iniciar otro procedimiento por las demoras es posible, pero a la vista del cuadro descrito suena a broma de mal gusto.
Simplificar y agilizar estos procedimientos requiere reformas legales y mejor gestión. El ideal sería contar con investigadores externos especializados y con dedicación exclusiva (labor que a veces realiza CGR), pero esto supone recursos adicionales o un mejor uso de los existentes. En el contexto de la transformación digital, convendría disponer de plataformas que faciliten la tramitación con trazabilidad y transparencia, cautelando la reserva cuando corresponda. La suspensión preventiva, debería ser fundada y con duración máxima. Los sumarios que involucren a personal de mayor jerarquía deberían resolverse por Contraloría (para evitar el conflicto de intereses que generan en la autoridad), que también podría sancionar directamente los casos de tardanza injustificada.
La propia CGR acaba de emitir hace pocos días un instructivo que, entre otros puntos, recuerda la necesidad de cumplir los plazos y el carácter excepcional y justificado de las suspensiones preventivas, generando un sistema para hacerles seguimiento. Un avance a destacar pero, que sin cambios legales, será insuficiente. Es de esperar que estos lleguen pronto porque casos como los descritos afectan, injustificadamente, el prestigio de nuestro sector público.
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