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Tuesday, October 13, 2026

"Ley de nietos": por qué el Tribunal Supremo de España suspendió el derecho a votar de miles de ciudadanos naturalizados

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El Tribunal Supremo de España.

Fuente de la imagen, Getty Images

    • Autor, Redacción
    • Título del autor, BBC News Mundo
  • Fecha de publicación

  • Tiempo de lectura: 6 min

El Tribunal Supremo español reafirmó la suspensión del derecho al voto de miles de ciudadanos naturalizados, en una medida sin precedentes y en un momento en el que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció un adelanto electoral. Los españoles acudirán a las urnas el próximo 29 de noviembre.

Los afectados son beneficiarios de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como "ley de nietos", que fue aprobada en octubre de 2022 y que permitió a muchos solicitar la nacionalidad sin necesidad de residir en España.

Estaba dirigida a los descendientes de exiliados durante el periodo de la Guerra Civil y de la dictadura franquista.

La normativa ha beneficiado ya a miles de ciudadanos de distintos países del mundo, incluyendo a varios de América Latina.

En la práctica, la decisión del Tribunal Supremo paralizó la inscripción de estos ciudadanos en el censo electoral y los obliga a demostrar que son familiares de españoles exiliados para poder ejercer su derecho al sufragio.

Esto se da luego de que el tribunal acogiera parcialmente las medidas cautelares solicitadas en un recurso interpuesto por los partidos de ultraderecha Vox e Iustitia Europa, que buscan evitar que este grupo de españoles participe en las elecciones generales.

Ambos partidos acusan al gobierno socialista de Pedro Sánchez de intentar abultar el padrón electoral para beneficio de los partidos de izquierda, algo que ha sido desmentido por el líder de La Moncloa.

Los ciudadanos de Castilla y León votan en un colegio electoral el 15 de marzo de 2026 en Valladolid, Castilla y León, España.

Fuente de la imagen, Getty Images

Pie de foto, La ley de nietos otorgó la nacionalidad española a los descendientes de exiliados por motivos políticos, ideológicos o de orientación sexual.

En el fallo, el Tribunal Supremo argumenta que la inscripción en el censo electoral de los nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática genera el riesgo de que el censo "se constituya irregularmente" y sin la "exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia" que exigen las elecciones en una democracia parlamentaria representativa como la española.

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¿A quienes afecta?

La ley original hablaba de hijos y nietos de españoles que se tuvieron que exiliar por culpa de la guerra o del franquismo.

Pero en la práctica la nacionalidad se concedió a descendientes de españoles que emigraron por motivos económicos, buscando trabajo.

Vox e Iustitia Europa dicen que ampliar a este segundo grupo fue ir más allá de lo que decía la ley.

Por eso el Supremo hizo una excepción: quien demuestre que nació fuera de España pero es hijo o nieto de españoles que sufrieron exilio por razones políticas o de orientación sexual si podrá votar.

Para eso necesitan un certificado del registro consular que lo acredite. Todos los demás nacionalizados por esta vía se quedan sin voto por ahora.

Los datos aportados por el Gobierno apuntan a que son 163.020 las personas ya nacionalizadas las que no podrán ejercer su derecho al voto.

El Gobierno lamentó la suspensión y confirmó que los "afectados" acudirán al Tribunal Constitucional, cuya decisión espera que "por el bien de la democracia ", de la "Constitución" y "de los derechos que tenemos todos los españoles" se conozca antes de las elecciones del 29 de noviembre.

El presidente del gobierno español, Pedro Sánchez

Fuente de la imagen, Getty Images

Pie de foto, Unas 163.000 personas ya nacionalizadas no podrán ejercer su derecho al voto.

Joaquín Urías, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla, dijo a la agencia Europa Press que la 'ley de nietos' no beneficia a ningún partido político en términos de votos.

Pero considera que la intención de Vox es "sembrar dudas sobre el Gobierno, sobre la ley y sobre la licitud del procedimiento electoral".

¿Qué resolvió el Tribunal?

La acción de Vox e Iustitia Europa se dirigía contra un acuerdo de julio pasado de la Junta Electoral Central (JEC), que rechazó pronunciarse sobre los efectos electorales de la normativa.

En la práctica, el Tribunal Supremo paralizó la inscripción inmediata en el censo que regía hasta ahora y suspende el derecho a voto de quienes ya aparezcan o estén procesando su registro en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), el padrón donde figuran los españoles que viven en el extranjero.

El organismo señala que solo mantienen el derecho al voto aquellos nacionalizados que puedan acreditar su condición "de hijo o nieto de nacidos fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que hubieran sufrido exilio por razones polí­ticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual, y que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española".

Ese criterio jurídico se contradice con las directrices de aplicación de la Ley de Memoria Democrática que había dictado el Ministerio de Justicia en 2022, donde se establece que para acogerse a la ley no hacía falta acreditar ser hijo o nieto de exiliado.

"Se presumirá" esa condición a "todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955", señaló el organismo en esa oportunidad, especificando cómo la ley debía ser aplicada e interpretada en el Registro Civil.

En el fallo el Tribunal Supremo advierte que esa interpretación amplia ha provocado "el progresivo incremento del CERA" y "no parece ajustarse, tampoco, al contenido de la propia norma legal que interpreta".

Una mujer emite su voto en un colegio electoral durante las elecciones generales españolas del 10 de noviembre de 2019 en Madrid, España.

Fuente de la imagen, Getty Images

Pie de foto, España celebrará elecciones generales el 29 de noviembre.

"Es distinguir entre ciudadanos de una categoría y otra"

Los afectados por esta medida provisoria han reaccionado con decepción y preocupación.

Felipe Gómez, nacionalizado como español a través de la primera Ley de Memoria Democrática, es nieto de una exiliada republicana quien llegó a México en 1939.

El profesor dijo al diario español El País que la ofensiva de la derecha podría ser "un mal cálculo…porque nos puede llevar a varios a asegurar, a luchar por nuestro derecho al voto. Y no votaríamos por la derecha que es precisamente quien quiere impedirlo".

"Yo prevería que antes de las elecciones esto se haya resuelto conforme a la ley. Ningún estado democrático en el siglo XXI puede hacer una distinción entre tipos de connacionales, porque sería como distinguir entre ciudadanos de una categoría y de otra", recalcó.

La chilena Antonia Álvarez, quien está tramitando su nacionalidad en el país europeo, también se mostró crítica de la decisión del tribunal español.

"Esto, claramente, afectará a muchas personas que debieran tener este derecho como ciudadanos, los que la obtuvieron y los que estamos en trámite. Esta decisión nos hace sentir despreciados porque es una forma de decir: 'Usted no tiene este derecho porque no nació acá'", afirmó a la prensa local.

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